TEORÍA DE LA CONSTITUCIÓN
1- Etimología
2. - Concepto
3. - Supremacía
constitucional o primacía de la constitución
4. - Principio
de jerarquía de las normas jurídicas
5. - Diferencia
entre carta magna y constitución
6. - Estructuras
y partes de la constitución
6.1. Parte
Dogmática.
6. 2 Parte
Orgánica
6. 3 Bases
Constitucionales
7. - Constitución
originaria y constitución derivada
8. - Constitución
programática y constitución utilitaria
9. - Flexibilidad
y rigidez de la constitución
1. - Etimología
En el campo del derecho constitucional el término
constitución comenzó a usarse profundamente a partir de la revolución burguesa
y particularmente con la revolución norteamericana por la independencia, por
que fue durante su proceso, por primera vez en la historia de la humanidad que
el congreso de Filadelfia aprobó en 1787, la primera constitución escrita, sistematizada y codificada del mundo,
sin embargo el origen de la palabra constitución se encuentra en el latincompuesto en dos términos"constitutioonis" que se traduciría en español establecer una
determinada cosa, que significa organización, composición, estructuración de un
determinado estado.
La Constitución Política del Estado es la norma
jurídica suprema positiva que rige la organización de un Estado, estableciendo:
la autoridad, la forma de ejercicio de esa autoridad, los límites de los
órganos públicos, definiendo los derechos y deberes fundamentales de los
ciudadanos y garantizando la libertad política y civil del individuo.
Igualmente se puede considerar una constitución en
sentido formal o sea aquel complejo de normas superiores distintas de las
ordinarias, expedidas en virtud de un procedimiento solemne de formación y
votación, pues en vez de emanar de órganos legislativos normales y mediante el
método común de trabajo, proviene ya sea de un órgano legislativo especia
(asamblea nacional constituyente), o bien de órganos legislativos normales
(congreso) pero con procedimientos diversos de los acostumbrados para votar las
leyes ordinarias, o también con intervención directa de un cuerpo electoral
(plesbicito o referendum)
La constitución en un sentido formal, corresponde a
las preguntas ¿Quién la hace?, ¿Cómo se hace?, concluyendo que constitución en
sentido formal alude a la constitución escrita a textos que se diferencian de
las restantes leyes por su nombre y en su caso por que su aprobación y reforma
esta sujetos a requisitos especiales.
La supremacía constitucional debe considerarse como
el principio básico de todo sistema jurídico, dos cosas distintas: que la
constitución como ley fundamental de la organización no solo es la ley suprema,
sino que se encuentra por encima de las demás leyes en posición subordinante.
Hans Kelsen, al exponer la teoría de la pirámide
jurídica, ideada por Mere explica la norma que determina la creación de otra
superior a esta, la creada con tal regulación, es inferior a la primera.
La supremacía constitucional es uno de los
principios básicos en los que se asienta el orden institucional, en su
expresión mas generalizada implica reconocer a la constitución como norma
fundamental de un estado, es decir adjudicarle la calidad de la norma superior.
4. - Principio
de jerarquía de las normas jurídicas
Precisamente de la supremacía de la constitución y
de su relación de esta con las demás normas jurídicas, nace el principio de
jerarquía de las normas jurídicas, la existencia de una jerarquía de un orden
jurídico
De conformidad con la doctrina constitucional
vigente hoy, se puede establecer la siguiente jerarquía de las normas
jurídicas:
·
Tratados
y convenios internacional, relativo a los derechos humanos
·
Constitución
Política del estado
·
Leyes
con rango constitucional
·
Leyes
ordinarias
·
Decretos
supremos
·
Resoluciones
supremas
·
Resoluciones
legislativa, etc
5. - Diferencia
entre carta magna y constitución
Las cartas consistían en un conjunto de derechos,
libertades o privilegios que el monarca reconocía en favor de ciertas clases
sociales o en favor de la generalidad de sus súbditos lo que caracterizan a las
cartas y fueros, es que estos se basan en la idea de un soberano, de un rey
concedente. En cambio la constitución es la voluntad popular, es la ley
fundamenta que un pueblo se da así mismo, ya no es una concesión del monarca
como sucedía en las cartas.
6. - Estructuras
y partes de la constitución
Desde que aparecieron las constituciones escritas
como consecuencia del constitucionalismo clásico la ley fundamental de dividió
en dos partes: una parte dogmática y otra organiza; sin embargo en las nuevas
escuelas se introdujo una tercera parte, denominada bases constitucionales o
fundamentos de la constitución: parte dogmática parte orgánica y bases
constitucionales.
6.1. Parte Dogmática.— Es aquella parte de la constitución que contiene no
solamente una solemne declaración de derechos y garantías, sino también una
especie de numeración de aquellas, las garantías son los instrumentos legales
mediante los cuales se ponen en ejercicio los derechos fundamentales. La parte
dogmática se llama también 'Declaración De Derechos' (Bill of Rights) o 'Los Derechos de la Vida, en consecuencia debemos
mencionar "la parte dogmática establece derechos fundamentales de primera,
segunda, tercera, cuarta generación, deberes, garantías y recursos y principios
constitucinales"
6. 2Parte Orgánica.— Se ocupa de señalar fundamentalmente la
organización del estado y sus formas, en realidad define la forma de gobierno
estatal, el origen y el ejercicio del poder publico, en las modalidades como
esta actúa y efectúa su ejercicio, todo ellos nos conduce a señalar que la
parte orgánica
establece la organización y funcionamiento de los poderes
legislativos, ejecutivo, judicial, la constitución, atribuciones; asimismo
establece el estado y su forma, gobierno y su forma, soberanía y su forma,
democracia y su forma
6.3 Bases Constitucionales.- De esta arranca los aspectos fundamentales para la
parte dogmática y organiza de la constitución, se divide en bases formales
(estructuras) y bases reales (doctrinas):
Bases reales: Desde el punto de vista teórico son
aquellas que forman y dan origen al estado como ser: territorio, población,
gobierno y fin social; osea los elementos constitutivos del estado.
Bases teóricas: Se subdividén en doctrinales y
jurídicas; las primeras se refieren a la primacía de la constitución y
jerarquía de las normas jurídicas expresada en nuestra ley fundamental, la
segunda es el procedimiento de reforma constitucional.
Comentarios
Publicar un comentario