DERECHOS HUMANOS EN EL SISTEMA INTERAMERICANO
1. INTRODUCCIÓN. Para ingresar en el
estudio di Sistema Interamericano corresponde ubicar como se aplican las normas
jurídicas, a este efecto debemos preguntarnos Cuáles son las características de
América Latina, obstáculos y finalidades. Los problemas esenciales de América
Latina radica en: Dependencia económica, política, desigualdades sociales,
pobreza, retardo en la tecnología y ciencia.
2. ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS. La Carta de la OEA
fue firmada el 2 de
mayo de 1948, cuyo
preámbulo determina que:"Ei sentido de la solidaridad americana debe ser
coordinar un régimen de libertad individual y de justicia social, fundado en
los derechos del hombre, sin discriminación de raza, nacionalidad, sexo o
credo".
3. DECLARACIÓN
AMERICANA DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL HOMBRE.
Fue
aprobada por la IX Conferencia Internacional Americana realizada en Bogota
,en
1948 la
misma que dispuso la creación de la OEA. Pero su valor jurídico ha sido
discutido debido a que no forma parte de la Carta de la OEA ni tampoco
considerado como Tratado. Y este a diferencia de la DUDH incluye no solo
derechos sino también deberes.
CONTENIDO.
Esta
antecedida por el Preámbulo, considerando los motivos para sancionarla
apuntando a la necesidad de que los Derechos Humanos no queden solo como normas
sometidas al Derecho Interno de cada país sino que se conformen como un Sistema
de Protección Internacional. Tiene 2 capítulos, el
primero dedicado a los derechos y el segundo a los deberes, integrada por 38
artículos.
PREÁMBULO. Comienza con la
frase Todos los Hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos y
establece principios básicos referidos a los derechos humanos y deberes que
ellos conllevan y a su sentido moral.
CAPITULO I. DERECHOS. Integrada por 28
artículos
dedicados a los siguientes derechos:
Derechos
a la vida, a la libertad, a la seguridad e integridad de la persona, a la
libertad religiosa y culto, libertad de opinión, expresión y difusión,
protección a la. honra, reputación personal, y vida privada y familiar, a la
constitución y protección de la familia, protección a la maternidad e infancia,
libertad de residencia y tránsito, inviolabilidad de domicilio y
correspondencia, derecho a la educación a la salud, cultura, trabajo, descanso,
seguridad social, reconocimiento de personalidad jurídica y derecho civil,
nacionalidad, sufragio, reunión, asociación, propiedad.
CAPITULO II. DEBERES. Integrada por 10
artículos.
·
Deberes
ante la sociedad
·
Deberes
con los hijos - padres
·
Deberes
de instrucción.
·
Deberes
de sufragio
·
Deberes
de obediencia a la ley
·
Deberes
de servir a la comunidad y a la nación
·
Deberes
de asistencia y seguridad social
·
Deberes
de pagar impuestos.
·
Deber
de trabajo
·
Deber
de abstenerse de actividades políticas en país extranjero.
3. PACTO DE SAN JOSÉ
DE COSTA RICA. CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS. Suscrita tras la
Conferencia Interamericana de Derechos Humanos 22 de Noviembre de
1969en San José de Costa Rica y entró en vigencia el 18 de julio de 1978.
Considerada como base del
Sistema Interamericano que establece para los Estados partes del desarrollo
progresivo de los derechos económicos, sociales y culturales por vía
legislativa u otros medios apropiados. Los Estados se comprometen a respetar
los derechos y libertades, reconocidos y a garantizar su libre y pleno
ejercicio de toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación
alguna.
CONTENIDO. Tiene un preámbulo
y 82 artículos
dividido en 3 partes.
.
PRIMERA PARTE. Deberes de los
Estados y Derechos Protegidos. En la que se detalla los derechos civiles,
políticos, económicos, sociales y culturales
SEGUNDA PARTE. Medios de
protección:
·
Comisión
Interamericana de Derechos Humanos .
·
Corte
Interamericana de Derechos Humanos
TERCERA PARTE. Establece las
disposiciones generales y transitorias, firmas, ratificaciones, enmienda y
protocolo.
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