DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO


INTRODUCCIÓN. El Derecho Internacional Humanitario fue creado en 1864 cimentado en el derecho internacional público debido a los abusos cometidos por los que triunfaron en guerras internacionales.
DEFINICIÓN. El Derecho Internacional Humanitario es el cuerpo de normas internacionales de origen convencional o consuetudinario destinado a ser aplicado en conflictos armados internacionales. Que limita por razones humanitarias á elegir métodos y medios utilizados en la guerra y a la protección de personas y bienes que se ven afectados.
El objetivo se traduce en establecer equilibrio entre las necesidades militares y las necesidades de las partes en conflicto durante las hostilidades. La conceptualización de este derecho determina la existencia de dos reglas:
1.    Conjunto de Reglas referidas a la conducta en las hostilidades, a los medios y métodos utilizados en conflictos armados.
2.     Conjunto de reglas que protege a las víctimas.
DERECHO DE LA GUERRA. La Reglamentación de la guerra lícita se refería a los procedimientos conocido como JUS BELLUM o JUS IN BELLO. En la actualidad el derecho a la guerra en la práctica casi a desaparecido con la Carta de las Naciones Unidas, pero la ONU tiene excepciones de la prohibición de la guerra que son:
·         Medidas de Seguridad colectiva que la ONU puede tomar con respecto a un Estado que  represente una amenaza para la paz.
·         Es el Derecho a recurrir a la fuerza en caso de guerra de liberación nacional.
·         La que permite la guerra defensiva.
DERECHO DE GINEBRA. La Codificación comienza a través de tratados internacionales, con la firma del primer Convenio de Ginebra en agosto de 1864, referida a la Protección de víctimas en conflictos armados. Este Convenio establece la obligación de proteger a las víctimas de guerra, recogiendo a los combatientes heridos y enfermos del campo de batalla, con la intervención de personal sanitario. En 1949 finalmente se aprobaron 4 Convenio de Ginebra que se han convertido en la Codificación del Derecho Internacional Humanitario.
1.     PRIMER CONVENIO: Protección de Heridos y Enfermos en conflictos armados en tierra.
2.     SEGUNDO CONVENIO: Protección de heridos y enfermos y naufragos en conflictos armados en el mar.
3.     TERCER CONVENIO: Sobre Prisioneros de guerra
4.     CUARTO CONVENIO: Protección a personas civiles en territorios ocupados.
Frente a la realidad que supone el desarrollo de nuevas armas cada vez mas sofisticadas a iniciativa de la Cruz Roja Internacional, en una Conferencia Diplomática en la que se elaboraron instrumentos adicionales a los Convenios de Ginebra aprobados en 1977, que son dos Protocolos Adicionales, que protege a personas calificadas como vulnerables como: Heridos, enfermos, capturados, personal sanitario, niños, mujeres, periodistas, personal religioso, personal sanitario, civiles, establecimientos y medios de transporte.
DERECHO DE LA HAYA. Este Está referido a los Métodos y Medios de Combate.
Por cuanto los Estados consideraron necesario establecer límites a los métodos y medios de combate, con tendencia a extenderla más allá de sus objetivos, produciendo sufrimientos declarados ¡lícitos desde la visión del Derecho Internacional Público.
PRINCIPIOS.
a.     Inviolabilidad de la Persona: El respeto a la vida es de mayor importancia, pero este respeto no es absoluto por cuanto en un conflicto armado es lícito.
b.     No Discriminación: Determina la protección a los prisioneros.

c.     Neutralidad: La Asistencia Humanitaria supone ser imparcial, pues las víctimas tienen derecho a ser asistidas.

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