LA PRUEBA EL DERECHO CIVIL
GONZALO CASTELLANOS TRIGO LA PRUEBA EN EL NUEVO CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL 2014 Verdad material de los hechos En el proceso civil se discuten hechos controvertidos que deben ser probados o desvirtuados por las partes involucradas en el proceso; sin embargo, el juez en relación a los hechos alegados por las partes, averiguará la verdad material, valiéndose de los medios de prueba producidos en base a un análisis integral y completo, con el objeto de dictar sentencia que satisfaga los intereses de las partes y de la administración de justicia[1]. Por imperio del principio de verdad material la autoridad judicial deberá verificar plenamente los hechos que sirven de motivo a sus decisiones, para lo cual deberá adoptar las medidas probatorias necesarias autorizadas por la Ley, aun cuando no hayan sido propuestas por las partes. “La verdad material en su aplicación concreta supone la buena fe de la Administración en todo el desarrollo del procedimiento. La búsqueda de la ...