CAUSAL DE DIVORCIO - POR CORROMPER UNO DE LOS CÓNYUGES AL OTRO O LOS HIJOS O POR CONNIVENCIA EN SU CORRUPCIÓN O PROSTITUCIÓN

Esta es una causal admitida en nuestra legislación nacional a diferencia de lo que sucede en otras latitudes; en materia familiar, la corrupción significa como la degeneración de la moral y las buenas costumbres o la destrucción de los sentimientos morales de los seres humanos, proviene del latín «corrumpere» que quiere decir echar a perder, depravar. Por corrupción debe entenderse como la serie de malos ejemplos, tolerancias indebidas, órdenes viciosas dirigidas de manera manifiesta a violar los deberes conyugales o de otro modo quebrantar los deberes naturales que implican el ejercicio de la patria potestad, tratándose de los hijos. La causal puede aducirse por cualesquiera de los cónyuges que resultan siendo víctimas y está íntimamente ligado con la corrupción de mayores y de menores que tipifica el Código Penal a través de los artículos 318,320,321, y 322. En cambio, por prostitución se entiende como el acto de llevar o inducir al comercio sexual con fines lucrativos, es una inclinación a los delitos camales, proviene del latín «prostituere» que significa exponer a una mujer a la lascivia.
Existe bastante afinidad entre ambos términos gramaticales, al tratarse de delitos que destruyen los sentimientos y pervierten el sentido moral de los individuos, cuyos fines tienen un trascendido eminentemente sexual; sobre el tema, es el Dr. José Decker Morales quien nos da varios conceptos sobre hechos delictuosos que constituyen corrupción, los que por su utilidad nos permitimos incluir:

a) Quien con el ánimo de lucrar, o por satisfacer deseos propios o de terceros, promueve o facilita la corrupción o prostitución de menores de edad, sin distinción de sexo, aunque medie consentimiento de la víctima;
b) Con el mismo fin de lucrar o satisfacer deseos ajenos, promueva o facilite la corrupción o prostitución de mayores de edad, mediando engaño, violencia, amenaza, abuso de autoridad o cualquier otro medio de coerción;
c) La publicación, reproducción de libros, escritos, imágenes y objetos obscenos y exponerlos, distribuirlos. Recibir a una menor en un prostíbulo o casa de citas, proporcionando habitación para el acto sexual;
d) Consentir la madre la prostitución de su hija y lucrar con este comercio;
e) Permitir el esposo la prostitución de su esposa para lucrar.

La prostitución de los hijos fue y será siempre repudiada en todas las sociedades, cualesquiera sea la forma de su organización, por atentar al deber ético y natural que recae sobre todos los progenitores de otorgar a los hijos todos los cuidados, la educación y protección para la buena formación moral, intelectual y espiritual.

Finalmente, debemos referirnos a la connivencia, esta palabra quiere significar confabulación, indulgencia, complicidad; aplicada al Derecho de Familia, significa como el acuerdo entre los esposos para la realización de actos inmorales, para la corrupción o la prostitución de los hijos. Desde la promulgación del Código de Familia que data de 1972 no existen casos registrados en la jurisprudencia nacional, tal vez porque en el país los valores morales aún permanecen fuertemente arraigados a las culturas ancestrales precolombinas, preservadas en la República gracias a la influencia de la Iglesia Católica y porque aún las influencias enajenantes externas no han contaminado seriamente nuestro ambiente social.

En el hipotético caso de presentarse la oportunidad, uno se pregunta, cuál de los esposos podría invocarla si ambos estuvieron de acuerdo en la corrupción y la prostitución; ingresando en razonamiento, viene a surgir la idea básica más o menos lógica de lo que podría suceder si es que uno de los cónyuges demuestra arrepentimiento de esa actitud inmoral adoptada, como signo de una reacción natural del error deplorable y remordimiento profundo que socava los sentimientos más íntimos del ser humano, y en acto de reivindicación y desahogo de su conciencia, decide demandar el divorcio vincular para reencausar la vida normal de la familia, dentro de los límites de la moralidad y la ética.

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