DIFERENCIA ENTRE ABROGAR Y DEROGAR

¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE ABROGAR Y DEROGAR? 

Derogar y abrogar son conceptos en la terminología jurídica muy comunes y como abogados y estudiantes del derecho debemos conocer. El día de hoy los analizaremos, y determinaremos sus diferencias y clases.

1.- ¿QUÉ ES LA ABROGACIÓN?

La abrogación consiste en la anulación o supresión total de la vigencia y de la obligatoriedad de una Ley.

En la actualidad esto sucede a menudo por la entrada en vigor de una nueva Ley que rija el mismo derecho de la anterior.

2.- ¿CUÁLES SON LAS CLASES DE ABROGACIÓN QUE EXISTEN?

La abrogación puede ser expresa o tácita.

Le llamamos abrogación expresa, cuando un nuevo ordenamiento declara la abrogación del anterior que regulaba la misma materia que regulará ese nuevo ordenamiento.

En cambio, la abrogación tácita es cuando no resulta de una declaración expresa de otro ordenamiento, sino de la incompatibilidad total o parcial que existe entre los preceptos de una ley anterior y otra posterior, debiendo  aplicarse u observarse, ante la incompatibilidad de preceptos, los del ordenamiento posterior, es decir, los que contengan el segundo ordenamiento emitido, sin que ello obste, al que se puedan seguir aplicando disposiciones del primer ordenamiento, que son compatibles con los contenidos en el segundo, si el campo de regulación del primer ordenamiento (anterior) es mayor que del segundo (posterior). Ante este supuesto, la abrogación sólo se da en el límite de la aplicación de la nueva ley o la posterior.

3.- ¿QUÉ ES LA DEROGACIÓN?

La derogación, es la privación parcial de los efectos de una ley, esto es, la vigencia de algunos preceptos se concluye, pero no así de todo el ordenamiento jurídico en el que se contienen.

4.- ¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE ABROGAR Y DEROGAR?

En el derecho mexicano, normalmente el procedimiento que sigue la abrogación de una Ley, termina con la declaración de la aplicación del nuevo ordenamiento que entra en vigor.

En cambio, en la derogación, obedece al hecho que algunas de las disposiciones (artículos) contenidas en una Ley u ordenamiento, contravengan lo establecido a este ordenamiento en general, por lo que se suprimen o se reforman, para que exista una armonía en la totalidad de la Ley.

Comentarios

  1. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  2. ni un comentario? wow, me ha parecido estupendo el artiuculo, pede ser compartido tranquilamente! dejo mi blog personal en https://freezl.es/ y pues te envio un afecto enorme!

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