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DE LA ACCION PENAL

Caso fortuito. Acontecimiento humano dañoso, involuntario e imprevisible que no pudo ser previsto o que aún previéndolo, era imposible evitar. Por ejemplo chofer que conduce a velocidad permitida y observando las reglas (hombre diligente), pero que atropella a peatón que se le cruza, sin que pueda frenar. Delito Frustrado o Tentativa Acabada . Realización de todos los actos de ejecución que deberían producir como resultado el delito y, sin embargo, no lo producen por causas independientes de la voluntad del sujeto activo. Por ejemplo falsificador que es detenido en la ventanilla del banco por un cheque falso, ladrón que fuerza una caja de caudales que ignoraba vacía, Juan dispara fallando el tiro. Es, en todo caso, punible. Tentativa. Inicio de ejecución de un delito, pero este se ha interrumpido por causa ajena a la voluntad del agente. (CP boliviano, 8). Por ejemplo Juan acecha a matar apuntando a Pedro, pero este no estaba solo. Ordenamiento Jurídico. Conjunto de leyes dicta...

PRINCIPIO DE LEGALIDAD PROCESAL CIVIL

CONCEPTO El Principio de legalidad procesal civil es un axioma jurídico en virtud del cual el juez no puede juzgar con ley establecida posteriormente a la pretension del accionante, a no ser que le favorezca.  El PLPC es la base para que la autoridad judicial actúe con arreglo a lo dispuesto en una ley anterior a lo que esta juzgando. El PLPC en materia de nulidades es conocido con el nombre de Principio de Específidad. ej. Juez que actúa desconociendo norma específica, hace nulo su acto. CARACTER El Principio de Legalidad Procesal Civil (PLPC) Es el guia de la norma juridica procesal y se acude a ella, con caracter subsidiario, en caso de vacio legal. UBICACION El PLPC es elemento del conjunto de "Principios inherentes a la nulidad procesal". EFECTOS * El Principio de Legalidad Procesal Civil (PLPC) obliga a quienes administran justicia A APLICAR LAS LEYES promulgadas por el Estado. * La actuación por los sujetos procesales desconocie...

LA PRUEBA EL DERECHO CIVIL

GONZALO CASTELLANOS TRIGO LA PRUEBA EN EL NUEVO CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL 2014 Verdad material de los hechos En el proceso civil se discuten hechos controvertidos que deben ser probados o desvirtuados por las partes involucradas en el proceso; sin embargo, el juez en relación a los hechos alegados por las partes, averiguará la verdad material, valiéndose de los medios de prueba producidos en base a un análisis integral y completo, con el objeto de dictar sentencia que satisfaga los intereses de las partes y de la administración de justicia[1]. Por imperio del principio de verdad material la autoridad judicial deberá verificar plenamente los hechos que sirven de motivo a sus decisiones, para lo cual deberá adoptar las medidas probatorias necesarias autorizadas por la Ley, aun cuando no hayan sido propuestas por las partes. “La verdad material en su aplicación concreta supone la buena fe de la Administración en todo el desarrollo del procedimiento. La búsqueda de la ...